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Doctrina

¿Qué son los
Artículos de Fe?

Encuentra respuestas de nuestras doctrinas en esta sección preparada especialmente para ti.

Los Artículos de Fe

John Wesley y los fundadores del metodismo, siempre se sintieron herederos de la fe universal de la Iglesia y a la vez, continuadores de los postulados de la Reforma Protestante. Así, la Iglesia Metodista de Chile, como Iglesia Cristiana Evangélica que es, posee un cuerpo de doctrinas o fundamentos teológicos que se refieren a aspectos que son comunes para todas las Iglesias cristianas, sean evangélicas (protestantes), católicas u ortodoxas. Estas doctrinas contienen los principios acerca de Dios (Padre – Hijo – Espíritu Santo), el Hombre, la Salvación y la Iglesia, y la exposición de ellas es la afirmación de nuestra fe, la explicación de aquello en lo cual creemos.

Los fundamentos de estas doctrinas se encuentran en cuatro elementos principales: La Biblia, La Tradición, La Razón y la Experiencia.

Estas cuatro fuentes del pensamiento teológico metodista son las que dan el soporte a las doctrinas señaladas anteriormente.

LA BIBLIA: Para la Iglesia Metodista la Biblia es la primera y más importante fuente de doctrina, ya sea acerca de Dios, el hombre y la mujer, la salvación y la Iglesia. Para los metodistas, la Biblia es el fiel registro de la revelación de Dios y de su plan de salvación y toda doctrina se fundamenta en su claro testimonio. Uno de los Artículos de Fe de la Iglesia Metodista respecto de la Biblia, contenido en el Reglamento de la Iglesia, señala que “…las Sagradas Escrituras contienen todas las cosas necesarias para la salvación”. De igual modo el metodista, al hacerse miembro de la Iglesia confiesa que “recibe y profesa la fe cristiana como está contenida en el Nuevo Testamento de nuestro Señor Jesucristo”. Además, siendo la Biblia Palabra revelada por Dios al hombre, para que a través de esta revelación encuentre el camino de la salvación, la Biblia expresa también como el hombre debe vivir o moldear su vida. En resumen, para el cristiano metodista la Biblia es la única norma de fe (doctrina) y conducta (ética).

LA TRADICIÓN CRISTIANA. La segunda fuente de autoridad para el pueblo metodista se encuentra en la tradición cristiana. En los siglos de experiencia de la Iglesia Cristiana la obra del Espíritu Santo siempre estuvo presente en ella, sobre todo cuando al pasar de los años, la Iglesia de los primeros siglos entendió que era necesario definir en la forma más precisa posible en que consistía su fe, cuál era la “sana doctrina”, según el decir del apóstol Pablo. Por ejemplo, el “Credo de los Apóstoles”- el más antiguo resumen de afirmación de fe – es producto del consenso a que llegan los primeros cristianos; posteriormente, a través de sucesivos concilios se logra afirmar con toda claridad la naturaleza humana y la naturaleza divina de Jesucristo. Por otra parte, uno de los primeros problemas que tuvo que decidir la Iglesia primitiva fue definir cuales eran los escritos que deberían formar el total de las Sagradas Escrituras y esto se fue decidiendo también por el acuerdo a que llegaron las antiguas Iglesias. Todo lo anterior conforma la expresión más auténtica de la tradición de la Iglesia, a la cual se agregan también los escritos de los primeros padres, como San Agustín, y la obra de los Reformadores como Lutero, Calvino y otros.

LA RAZÓN. Un tercer elemento presente en el pensamiento teológico metodista es la razón. Los metodistas insisten en que el contenido de la fe cristiana sólo se deriva de la persona de Jesucristo, la Palabra Encarnada de cuyo acontecimiento la Biblia es el testimonio escrito, pero están muy conscientes de que la Biblia se puede interpretar en forma caprichosa y errónea, como históricamente ha sucedido y sucede, especialmente cuando estas interpretaciones se vuelven contra el ser humano. Para evitar esto, la Iglesia Metodista apela a la tradición de la Iglesia y al consenso que existe en la doctrina históricamente formada en los primeros siglos, así como también apela a la razón como correctivo de las interpretaciones antojadizas. Juan Wesley- fundador humano de nuestra Iglesia- decía que “toda religión irracional es falsa religión”. Una actitud de misticismo puro, por ejemplo, que sólo valoriza el sentimiento y desprecia la razón, es contraria a las Escrituras. No obstante, hay que señalar que la razón no nos provee de otras fuentes de revelación, sino que es una facultad lógica que nos capacita para ordenar y comprender la evidencia de la revelación y junto con la tradición, nos provee de los medios necesarios para evitar interpretaciones equivocadas de las Escrituras. La razón ayuda a moderar los estados emotivos irracionales en los cuales pueden caer los creyentes. Por esto consideramos que una de las características del metodismo es “un entusiasmo racional”.
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LA EXPERIENCIA PERSONAL. Por último, los metodistas consideran que todo lo anterior, es decir, el testimonio de la Biblia, la Tradición Cristiana, y el respaldo de la Razón, debe conducir a que el mensaje de salvación y la comunión con Dios lleguen a ser una experiencia personal. El cristiano metodista es aquel que se da cuenta, no sólo intelectualmente, sino con todas las facultades de su persona, que sus pecados han sido perdonados y que es salvo en Cristo. Esta es la Doctrina de la Justificación por la Fe que expuso el apóstol Pablo, que enfatizó Lutero y de la cual dan testimonio miles y miles a través de la historia. Como ocurre con los elementos expuestos anteriormente, la experiencia no es una fuente de verdad separada de la Biblia, sino que esta experiencia personal, movida por el Espíritu Santo, hace realidad toda verdad doctrinal, transforma la fe en algo personal y único. Sólo en el encuentro personal con Dios a través de Jesucristo las doctrinas se convierten en convicciones y son base de seguridad. Para los metodistas, mucho más importante que la precisión de la terminología con la cual expresamos nuestra fe, es que vivamos en amor. John Wesley lo afirmaba así: “Un metodista es una persona en cuyo corazón el amor de Dios ha sido derramado por el Espíritu Santo que nos fue dado”.

 

¿DE DÓNDE SURGEN ESTAS EXPRESIONES DE FE?

Estas son las únicas afirmaciones formales que la Iglesia Metodista posee. Su carácter y formación debe ser entendido a la luz de la historia de la Iglesia Cristiana, de donde se extraen muchos de sus significados así como también sus limitaciones.

Juan Wesley seleccionó 24 Artículos de Fe de los 39 Artículos de Fe en la Iglesia Anglicana. Los 39 Art. de Fe anglicanos se formaron en la época de la Reforma Inglesa; son el resultado de un largo período de trabajo y agitación que duró 35 años (1536-1571). A diferencia de Alemania, la Reforma en Inglaterra fue un movimiento más bien de carácter político que religioso, aunque posteriormente se desarrolló el movimiento propiamente religioso.

Los 39 Art. de Fe, siguen la trayectoria de la reforma de Lutero, Melanchton, Calvino, Zwinglio. Esta idea de reconciliar diversas tendencias del protestantismo hizo posible que muchos hombres y grupos se mantuvieran en la Iglesia Anglicana.

CARÁCTER DE LOS ARTÍCULOS DE FE.

Los Art. de Fe de nuestra Iglesia Metodista, pueden ser identificados y explicados por medio de tres ideas centrales:

  1. a) En ciertas doctrinas importantes de nuestros artículos se enfatiza la fe común que nos une a todo el cristianismo. El metodismo no es separatista ni divisionista. Se siente parte de la fe histórica del cristianismo. Es parte del cristianismo católico (universal).
  2. b) Los 39 Art. de Fe, surgieron en una época de polémica, por lo cual en nuestros actuales 24 Art. subyacen expresiones fuertes en contra de algunas doctrinas de la Iglesia católica romana, que deben interpretarse a la luz de la historia.

La Iglesia nunca le ha dado el carácter de dogma o credo a estas doctrinas esenciales de la vida cristiana, es así que no observamos los 24 Art. de Fe como la totalidad de la doctrina cristiana, ni las bases de fe para los énfasis doctrinales. Son una carta abierta a la creatividad del Espíritu Santo, son el punto de partida para el cristiano. Representan, en resumen, las afirmaciones de fe de las doctrinas universales y la posición distintiva de la herencia protestante.

Aunque no significan una autoridad de tipo dogmático, sin embargo, son el criterio nivelador de una posición doctrinal en la Iglesia. Ellos han tenido su lugar de importancia desde que fueron adoptados en 1784.

A todos los predicadores metodistas antes de ser admitidos como miembros en plena conexión, se les pregunta: ¿Has estudiado las doctrinas de la Iglesia Metodista?

EL SIGNIFICADO DE LOS ARTÍCULOS DE FE

Puede ser que el vocabulario de los Art. de Fe no sea el más adecuado para la época presente, pero el contenido y la fe doctrinal que tienen en su trasfondo es tan válido para los metodistas contemporáneos como para los fundadores.

A continuación se detalla un breve comentario a los 24 Artículos de Fe que además, están señalados en el Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile.

I. De la Fe en la Santísima Trinidad

Hay un solo Dios vivo y verdadero, eterno, sin cuerpo ni partes, de infinito poder, sabiduría y bondad; creador y conservador de todas las cosas, así visibles como invisibles. Y en la unidad de esta Deidad hay tres personas, de una misma substancia poder y eternidad: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo.

II. Del Verbo, o Hijo de Dios, que fue hecho verdadero Hombre

El Hijo, que es el Verbo del Padre, verdadero y eterno Dios, de una misma substancia con el Padre, tomó la naturaleza humana en el seno de la Bienaventurada Virgen; de manera que dos naturalezas enteras y perfectas, a saber, la Deidad y la Humanidad, se unieron en una sola persona, para jamás ser separadas, de lo que resultó un solo Cristo, verdadero Dios y verdadero Hombre, que realmente padeció, fue crucificado, muerto y sepultado, para reconciliar a su Padre con nosotros, y para ser un sacrificio, no solamente por la culpa original, sino también por los pecados actuales de los hombres.

III. De la Resurrección de Cristo

Cristo verdaderamente resucitó de entre los muertos, volvió a tomar su cuerpo, con todo lo perteneciente a la integridad de la naturaleza humana, con lo cual subió al cielo, y allí está sentado hasta que vuelva para juzgar a todos los hombres en el postrer día.

IV. Del Espíritu Santo

El Espíritu Santo, que procede del Padre y del Hijo, es de una misma substancia, majestad y gloria con el Padre y con el Hijo, verdadero y eterno Dios.

V. De la Suficiencia de las Sagradas Escrituras para la Salvación

Las Sagradas Escrituras contienen todas las cosas necesarias para la salvación; de modo que no debe exigirse que hombre alguno reciba como articulo de fe, considere como requisito necesario para la salvación, nada que en ellas no se lea ni pueda por ellas probarse. Bajo el nombre de Sagradas Escrituras comprendemos aquellos libros canónicos del Antiguo y del Nuevo Testamento, de cuya autoridad nunca hubo duda alguna en la Iglesia. Los nombres de los libros canónicos son: Génesis, Éxodo, Levítico, Números, Deuteronomio, Josué, Jueces, Rut, el Primer Libro de Samuel, el Segundo Libro de Samuel , el Primer Libro de los Reyes, el Segundo Libro de los Reyes, el Primer Libro de las Crónicas, el Segundo Libro de las Crónicas, el Libro de Esdras, el Libro de Nehemías, el Libro de Ester, el Libro de Job, los Salmos, los Proverbios, El Eclesiastés o El Predicador, el Cantar de los Cantares de Sa1omón, los Cuatro Profetas Mayores y los Doce Profetas Menores. Todos los libros del Nuevo Testamento que son generalmente aceptados, los recibimos y los tenemos como canónicos.

VI. Del Antiguo Testamento

El Antiguo Testamento no es contrario al Nuevo Testamento, puesto que en ambos, Antiguo y Nuevo, se ofrece la vida eterna al género humano por Cristo, único Mediador entre Dios y el hombre, siendo que El es Dios y Hombre. Por lo cual no deben ser escuchados los que pretenden que los antiguos patriarcas tenían su esperanza puesta tan solo en promesas transitorias. Aunque la ley que Dios dio por medio de Moisés, en cuanto se refiere a ceremonias y ritos, no obliga a los cristianos ni deben sus preceptos civiles recibirse necesariamente en ningún estado; sin embargo, no hay cristiano alguno que quede exento de la obediencia a los mandatos que se llaman morales.

VII. Del Pecado Original o de Nacimiento

El pecado original no consiste (como falsamente aseveran los pelagianos) en la imitación de Adán, sino que es la corrupción de la naturaleza de todo hombre engendrado en el orden natural de la estirpe de Adán, por lo cual el hombre esta muy apartado de la justicia original, y por su misma naturaleza se inclina al mal, y esto continuamente.

VIII. Del Libre Albedrío

La condición del hombre después de la caída de Adán es tal que no puede volverse ni prepararse a si mismo por su fuerza natural y propias obras, para ejercer la fe e invocar a Dios; por tanto, no tenemos poder para hacer obras buenas, agradables y aceptas a Dios, sin que la gracia de Dios por Cristo nos capacite para que tengamos buena voluntad, y coopere con nosotros cuando tuviéremos tal buena voluntad.

X. De las Buenas Obras

Aunque las buenas obras, que son fruto de la fe y consiguientes a la justificación, no pueden librarnos de nuestros pecados, ni soportar 1a severidad de los juicios de Dios, son, sin embargo, agradables y aceptas a Dios en Cristo y nacen de una fe verdadera y viva de manera que por ellas puede conocerse la fe viva tan evidentemente como se conocería el árbol por su fruto.

IX. De la Justificación del Hombre

Se nos tiene por justos delante de Dios solo por los méritos de nuestro Señor y Salvador Jesucristo, por la fe, y no por nuestras propias obras o merecimientos, Por tanto, la doctrina de que somos justificados solamente por la fe es bien saludable y muy llena de consuelo.

 

XI. De las Obras de Supererogación

Las obras voluntarias – ejecutadas aparte o en exceso de los mandamientos de Dios llamadas obras de supererogación, no pueden enseñarse con arrogancia e impiedad, pues por ellas declaran los hombres que no solo rinden a Dios todo lo que es de su obligación, sino que por amor a él hacen aun más de lo que en rigor les exige el deber, siendo así que Cristo dice explícitamente: “Cuando hubiereis hecho todo lo que os es mandado, decid: “Siervos inútiles somos”.

 

XII. Del Pecado después de la Justificación

No todo pecado voluntariamente cometido después de la justificación es pecado contra el Espíritu Santo, e imperdonable. Por lo cual, a los que han caído en el pecado después de su justificación no se les debe negar el privilegio del arrepentimiento. Después de haber recibido al Espíritu Santo, podemos apartarnos de la gracia concedida y caer en el pecado y, por la gracia de Dios, levantarnos de nuevo y enmendar nuestra vida Por lo tanto, son de condenar los que dicen que ya no pueden pecar más mientras vivan, o que niegan a los verdaderamente arrepentidos la posibilidad del perdón.

XIII. De la Iglesia

La Iglesia visible de Cristo es una congregación de fieles en la cual se Predica la palabra pura de Dios, y se administran debidamente 1os sacramentos, conforme a la institución de Cristo, en todo aquello que forma parte necesaria y esencial de los mimos.

XIV. Del Purgatorio

La doctrina romanista tocante al purgatorio, a la absolución a veneración y adoración, tanto de imágenes como de reliquias, y también a la invocación de los santos, es una patraña, una pura invención sin fundamento en la Escritura, sino antes bien repugnante a la Palabra de Dios.

XV. Del uso en la Congregación de una lengua que el pueblo entienda

Ofrecer oración pública en la Iglesia o administrar los sacramentos en una lengua que el pueblo no entiende, es cosa evidentemente repugnante tanto a la Palabra de Dios como al uso de la Iglesia primitiva.

XVI. De los Sacramentos

Los sacramentos instituidos por Cristo son no sólo señales o signos de la profesión de fe de los cristianos, sino más bien testimonios seguros de la gracia y buena voluntad de Dios para con nosotros, por los cuales obra El en nosotros invisiblemente, y no solo aviva nuestra fe en El, sino que también la fortalece y confirma. Los sacramentos instituidos por Cristo, nuestro Señor, en el Evangelio, son dos, a saber: el Bautismo y la Cena del Señor.

Los cinco comúnmente llamados sacramentos, a saber: la confirmación, la penitencia, el orden, el matrimonio y la extremaunción no deben tenerse por sacramentos del Evangelio, puesto que han emanado, algunos de ellos, de una viciosa imitación de los Apóstoles, mientras que otros son estados de vida aprobados en las Escrituras sin que sean de la misma naturaleza que el Bautismo y la Cena del Señor, puesto que carecen de todo signo visible o ceremonia ordenada por Dios

Los sacramentos no fueron instituidos por Cristo para servir de espectáculo ni para ser llevados en procesión, sino para que usásemos de ellos debidamente. Y sólo en aquellos que los reciben dignamente producen efecto saludable, mientras que los que indignamente los reciben, adquieren para si – como dice San Pablo – condenación (Corintios 11:29).

XVII. Del Bautismo

El Bautismo no es solamente signo de profesión y nota distintiva, por la cual se distinguen los cristianos de los no bautizados, sino también signo de la regeneración o renacimiento. El bautismo de los párvulos debe conservarse en la Iglesia.

XVIII. De la Cena del Señor

La Cena del Señor no es solamente signo del amor que deben tenerse entre si los cristianos, sino más bien sacramento de nuestra redención por la muerte de Cristo; de modo que, para los que digna y debidamente y con fe reciben estos elementos el pan que partimos es una participación del cuerpo de Cristo, y asimismo la copa de bendición es una participación de la sangre de Cristo.

La transubstanciación, o la transmutación de la sustancia del pan y del vino en la Cena de Nuestro Señor, no puede probarse por las Sagradas Escrituras, antes bien, es repugnante a las palabras terminantes de las Escrituras, trastorna la naturaleza del sacramento Y ha dado ocasión a muchas supersticiones. El cuerpo de Cristo se da, se toma y se come en la Cena sólo de un modo celestial y espiritual. Y el medio por el cual el cuerpo de Cristo se recibe y se come en la Cena es por la fe.

Cristo no ordenó que el sacramento de la Cena del Señor se reservara, ni que se llevara en procesión, ni se elevara, ni se adorara.

 

 

XIX. De las dos Especies

El cáliz del Señor no debe negarse a los laicos; pues que ambas partes de la Cena del Señor, por institución y mandamiento de Cristo, deben suministrarse igualmente a todos los cristianos.

 

XX. De la única Oblación de Cristo, consumada en la Cruz

La oblación de Cristo, una vez hecha, es la perfecta redención, propiciación y satisfacción por todos los pecados de todo el mundo, originales y actuales; y no hay otra satisfacción por el pecado, sino esta únicamente. Por lo cual, el sacrificio de la misa, en el que se dice comúnmente que el sacerdote ofrece a Cristo por los vivos y por los muertos, para que estos tengan remisión de pena o de Culpa, es fábula blasfema y fraude pernicioso.

XXI. Del Matrimonio de los Ministros

La Ley de Dios no manda a los ministros de Cristo hacer voto de celibato, ni abstenerse del matrimonio; lícito es, pues, para ellos, lo mismo que para los demás cristianos, contraer matrimonio a su discreción, como juzguen más conducente a la santidad.

XXII. De las Ritos y Ceremonias de las Iglesias

No es necesario que los ritos y ceremonias sean en todo lugar los mismos, ni de forma idéntica, puesto que siempre han sido diversos, y pueden mudarse según la diversidad de los países, tiempos y costumbres de los hombres, con tal que nada se establezca contrario a la Palabra de Dios. Cualquiera que apoyándose en su juicio privado, voluntariamente y de intento quebrantare públicamente los ritos y ceremonias de la Iglesia a que pertenece, y que no son repugnantes a la Palabra de Dios sino ordenados y aprobados por autoridad Común, debe (para que otros teman hacer lo mismo) ser reprendido públicamente como perturbador del orden de los hermanos débiles común de la Iglesia, y como quien hiere las conciencias Cualquier Iglesia tiene facultad para establecer, mudar o abrogar ritos y Ceremonias, con tal que se haga todo para edificación.

XXIV. Del Juramento del Cristiano

Así como confesamos que Nuestro Señor Jesucristo y Santiago su apóstol, prohíben a los cristianos el juramento vano y temerario, también juzgamos que la religión cristiana no prohíbe que se preste juramento a requerimiento del magistrado y en causa de fe y caridad, con tal que se haga según la doctrina del profeta, en justicia, juicio y verdad.

 

XXIII. De los Bienes de los Cristianos

Las riquezas y los bienes de los cristianos no son comunes en cuanto al derecho, título y posesión de los mismos, como falsamente aseveran algunos. Sin embargo, todo hombre, de lo que posee y según sus facultades, debe dar con liberalidad limosnas a los pobres.